Código Financiero Artículo 104 bis Estado de México
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Artículo 104 bis.
Por los estudios y evaluaciones necesarios para la emisión del Dictamen Único de Factibilidad, las y los solicitantes deberán cubrir los conceptos siguientes, tomando en consideración la unidad económica y el tipo de proyecto solicitado:
CONCEPTO TARIFA
I. Por la evaluación de las condiciones de seguridad para usos del suelo que generen impacto regional. $ 4,629
II. Por las evaluaciones para usos de impacto regional o de factibilidad
para conjuntos urbanos. $ 3,857
III. Derogada.
IV. Por la evaluación del impacto ambiental, que efectúe la autoridad
competente en los términos de los ordenamientos jurídicos aplicables:
INDUSTRIAL OTROS
A. Por la evaluación de la manifestación de impacto ambiental. $ 10,443 $ 10,748
B. Por la evaluación del estudio de riesgo ambiental. $ 15,663 $ 16,122
C. Derogado
D. Por la evaluación del informe previo de impacto ambiental. $ 4,928 $ 5,110
E. Por expedición del oficio de prórroga de la vigencia de la Resolución.
$ 4,385
F. Derogado
No pagarán los derechos previstos en este artículo los fraccionadores de conjuntos urbanos habitacionales donde se prevé la construcción de vivienda social progresiva, de interés social y popular, así como las microindustrias que estén registradas en el Padrón Nacional de Microindustria.
Sección Décima Segunda
De los Derechos por Servicios Prestados por la
Procuraduría General de Justicia
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No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
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